Omisión de socorro

Absuelto el acusado de no atender y dejar sola a su pareja que fallecía poco después de un infarto

Omisión de socorro

Se ha confirmado la absolución a un hombre que había sido condenado por un tribunal del jurado del delito de omisión del deber de socorro.

Según los hechos probados, en el trascurso de una cita del acusado con una mujer con la que mantenía una relación sentimental, ella se sintió indispuesta con mareos y náuseas, siendo acompañada por él hasta su coche. Una vez allí, y a pesar de que la mujer refería que su estado se iba agravando, puso fin a la cita y abandonó el lugar, dejándola sola, tras reclinar el asiento y bajar la ventanilla para que se sintiera más cómoda. Más tarde un vigilante de seguridad encontraba el cuerpo sin vida de la mujer en el interior del vehículo. Había fallecido de un infarto agudo de miocardio.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estimó el recurso presentado por el acusado contra el fallo del jurado, absolviéndolo. Ahora, en una reciente sentencia, el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución.

Para el TS los hechos no permiten identificar claramente los requisitos del delito de omisión del deber de socorro. Considera que los síntomas que presentaba la mujer cuando se marchó el acusado no eran determinantes de una situación de peligro grave y manifiesto para su vida. Tampoco se parte de una situación previa en la que el acusado pudiera tener conocimiento de una afección o problema coronario de la mujer, al menos no se ha probado. Ni se ha descrito una situación penalmente relevante de desamparo; la mujer no solicitó asistencia médica durante el periodo transcurrido desde que comenzaron los síntomas de indisposición hasta el momento en que el acusado abandonó el lugar, sin que, durante ese tiempo, perdiera en ningún momento la consciencia.

La conducta del acusado puede resultar censurable desde el plano ético, dice el TS, pero el incumplimiento de un deber genérico de solidaridad no es suficiente para considerar, en el plano penal, que se ha cometido un delito de omisión del deber de socorro.

No obstante, la sentencia no ha estado exenta de controversia dentro del propio TS, ya que uno sus magistrados ha emitido un voto particular discrepante, defendiendo que el acusado debería haber resultado condenado.  

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